
Resolución 002064 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002064 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de CARREÑO PABA BEATRIZ identificado con Cédula No. 49735286, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CIEN PESOS ($2194100. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002063 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002063 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de JELKH ROJAS LAUREANO JOSE identificado con Cédula No. 77101679, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de ONCE MILLONES OCHOCIENTOS DIECISEIS MIL DOSCIENTOS PESOS ($11816200. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002063 del 27 de Agosto de 2018 |
Resolución 001964 del 15 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001964 DEL 15 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/13/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de CENTRAL SICARARE LIMITADA identificado con Cédula No. 860062962, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL PESOS ($5172000. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001964 del 15 de Agosto de 2018 |
Resolución 001963 del 15 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001963 DEL 15 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de INTER-REDES LTDA identificado con Cédula No. 824000196, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de QUINIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIEN PESOS ($573100. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001963 del 15 de Agosto de 2018 |
Resolución 001959 del 15 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001959 DEL 15 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de GIRALDO DUQUE HERNAN DARIO identificado con Cédula No. 1093739103, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($7846400. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001959 del 15 de Agosto de 2018 |
Resolución 001956 del 15 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001956 DEL 15 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de IGUARAN GOMEZ LUCY ESTHER identificado con Cédula No. 56054935, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de CINCO MILLONES CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS ($5159200. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001956 del 15 de Agosto de 2018 |
Resolución 001951 del 15 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001951 DEL 15 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de ALFONSO GUILLERMO PEÑARANDA PEREZ identificado con Cédula No. 152458855, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2013-2014-2015-2016 en cuantía de UN MILLON NOVECIENTOS VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($1926800. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001951 del 15 de Agosto de 2018 |
Resolución 001948 del 15 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001948 DEL 15 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de LUIS PIMIENTO GOMEZ identificado con Cédula No. 5621251, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS PESOS ($879200. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001948 del 15 de Agosto de 2018 |
Resolución 001922 del 14 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001922 DEL 14 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de MONTERO LUZ MARINA identificado con Cédula No. 42489985, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS PESOS ($4419800. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001922 del 14 de Agosto de 2018 |
Resolución 001921 del 14 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 001921 DEL 14 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
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Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de RINCON QUINTERO ARLY DARIO identificado con Cédula No. 9692017, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de UN MILLON DIEZ MIL CIEN PESOS ($1010100. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 001921 del 14 de Agosto de 2018 |
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