Resolución Sanción Julio 2019
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GOBERNACION DEL CESAR
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Julio 2019 |
Resolución Sanción y Liquidación de Aforo Junio 2019
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GOBERNACION DEL CESAR
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión de Rentas, en uso de sus facultades legales Y en especial las conferidas en la Ordenanza 066 de 2012, No. 000426 de 2.005, articulo 1 del Decreto 000142 de mayo 13 de 2.005, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas concordantes y encontrándose dentro de los términos previstos en el articulo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo la RESOLUCIÓN SANCION Y LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Resolución Sanción y Liquidación de Aforo Junio 2019 |
Liquidación Oficial de Aforo Junio 2019
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GOBERNACIÓN DEL CESAR
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Resolución Sanción Junio 2019
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GOBERNACION DEL CESAR
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Junio 2019 |
Resolución Sanción y Liquidación de Aforo Abril 2019
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SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión de Rentas, en uso de sus facultades legales Y en especial las conferidas en la Ordenanza 066 de 2012, No. 000426 de 2.005, articulo 1 del Decreto 000142 de mayo 13 de 2.005, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas concordantes y encontrándose dentro de los términos previstos en el articulo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo la RESOLUCIÓN SANCION Y LIQUIDACIÓN OFICIAL DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Resolución Sanción y Liquidación de Aforo Abril 2019 |
Liquidación Oficial de Aforo Abril 2019
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GOBERNACIÓN DEL CESAR
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Resolución Sanción Marzo 2019
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GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Marzo 2019 |
Liquidación Oficial de Aforo Marzo 2019
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SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Resolución Sanción Febrero 2019
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SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Febrero 2019 |
Resolución Sanción Enero 2019
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GOBERNACION DEL CESAR
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Enero 2019 |
Liquidación Oficial de Aforo Diciembre 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Liquidación Oficial de Aforo Noviembre 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo - Actualización |
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Liquidación de Aforo |
Resolución Sanción Noviembre 2018
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GOBERNACION DEL CESAR
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SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Noviembre 2018 |
Liquidación Oficial de Aforo Octubre 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Liquidación Oficial de Aforo Septiembre 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Determinación Oficial del Impuesto de Estampillas Departamentales
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
DETERMINACION OFICIAL DEL IMPUESTO DE ESTAMPILLAS DEPARTAMENTALES
El Suscrito funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales especialmente las conferidas en los Artículos 634, 715 y 717 del Estatuto Tributario Nacional, La Ordenanza 066 del 28 de Diciembre de 2012, el Decreto reglamentario Nº 0164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto de Estampillas Pro Desarrollo Departamental, Pro Desarrollo Fronterizo, Pro Cultura, Pro Universidad y Pro Adulto Mayor PROFIERE mediante el presente acto administrativo la DETERMINACIÓN OFICIAL, para las obligaciones Tributarias del impuesto de Estampilla PRO UNIVERSIDAD Y PRO ADULTO MAYOR, correspondiente a la legalización de los siguientes contratos.
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Acto Administrativo |
Liquidación Oficial de Aforo Agosto 2018
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A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Resolución Sanción Julio
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GOBERNACION DEL CESAR
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
GRUPO GESTION DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACION OFICIAL
RESOLUCIÓN SANCIÓN
A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Resolución Sanción Julio 2018 |
Liquidación Oficial de Aforo Junio 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Liquidación Oficial de Aforo Abril 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Resolución Sanción Abril
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A Contribuyentes por concepto del Impuesto sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario. del Subgrupo de Liquidación Oficial del Grupo de Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en ejercicio de sus atribuciones legales conferidas en los Artículos 684 y ss. Del Estatuto Tributario Nacional, y en especial las contenidas en el artículo 1 del Decreto Departamental 000142 del 13 de mayo de 2005 y el Decreto Departamental Nº 000426 de 22 de noviembre 2005, Resuelve imponer a los contribuyentes mencionados a continuación la SANCION prevista en el artículo 188 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005, como consecuencia de la omisión en los pagos por concepto de Vehículo Automotor. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reconsideración, de conformidad con el artículo 161 del Decreto Departamental Nº 000426 de 2005. En caso de haber cancelado sus impuestos, favor hacer caso ornisoa este acto. En el eventual caso de haber cancelado su impuesto y no haber recibido la notificación por medio de la cual se cierra el proceso tributario en mención, favor acercarse a la oficina de Rentas del Departamento del Cesar ubicada en la calle 16 N° 12 - 120 Primer Piso para realizar el cierre respectivo. Sub Grupo de Liquidación Oficial, Oficina de Rentas Departamento del Cesar.
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Liquidación Oficial de Aforo Febrero 2018
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PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación Oficial de Aforo Marzo 2018
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SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
Liquidación Oficial de Aforo Enero 2018
- Detalles
GOBERNACIÓN DEL CESAR
SECRETARÍA DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTAL
PROGRAMA GESTIÓN DE RENTAS
SUBGRUPO DE LIQUIDACIÓN OFICIAL
LIQUlDACIÓN OFICIAL DE AFORO
A Contribuyentes Por Concepto Del Impuesto Sobre Vehículo Automotor
El Suscrito Funcionario del Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa Gestión De Rentas, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los Artículos 684, 716 al 719 del Estatuto Tributario Nacional, artículo 147 de la Ley 488 de 1998, en concordancia con los artículos 156 y s.s. del Decreto No. 000426 de Noviembre 22 de 2.005, artículo 1 del Decreto 000142 de Mayo 13 de 2.005 Nº 11, la Ordenanza 066 de 2012, el decreto reglamentario 164 de 2013 y las demás normas reguladoras del impuesto sobre Vehículos Automotores, y encontrándose dentro de los términos previstos en el artículo 717 del Estatuto Tributario Nacional PROFIERE y NOTIFICA mediante el presente acto administrativo las LIQUIDACIONES OFICIALES DE AFORO determinadas para las obligaciones tributarias del impuesto sobre Vehículos Automotores correspondiente.
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Liquidación de Aforo |
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