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El Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales de la Oficina de Programa Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en virtud de las facultades que le confiere la Ley 223 de 1994, Ley 1762 de 2015, Ley 1816 de 2016, La Ordenanza No. 0066 de 2012 y el Decreto 00164 de 2013, y;
CONSIDERANDO
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa en uso de sus facultades legales, en especial las otorgadas por la Ley 1762 de 2015, profirió el acta de diligencia No. 1293 de fecha 13 de septiembre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar, aprehendida en el Municipio de Pueblo Bello - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de TRES (03) días al establecimiento "COMPRAVENTA DE GRANOS NO HAY COMO DIOS", ubicado en la Calle 8 No. 3 - 60, Barrio El Carmen, del cual es propietario el señor HÉCTOR GARCÍA FIALLO, identificado con C.C. 13171230.
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la Ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 150 del 10 DE MARZO DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas UWO362, al (la) señor (a) QUINTERO FABIO HERNAN identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 70386372 por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($2,985,500.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2006, a 2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de SETECIENTOS SESENTA MIL PESOS ($760,000.00) y el saldo en DOCE (12) cuotas mensuales por valor de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($185,500.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 158 del 12 DE MARZO DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas VAR885, al (la) señor (a) JANIER RAFAEL RUIZ BARRIOS identificado (a) con cedula de ciudadanía N° 77104509 por la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS PESOS ($1,862,900.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2013-2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuotainicial de DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS PESOS ($279,500.00) y el saldo en OCHO (8) cuotas mensuales por valor de CIENTO NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO PESOS ($197,925.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 176 del 19 DE MARZO DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas VAR551, al (la) señor (a) MERCADO ALTAMAR ERCILA ISABEL identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 42485318 por Ía suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS PESOS ($956,400.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2013-2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA PESOS ($143,460.00) y el saldo en CINCO (5) cuotas mensuales por valor de CIENTO SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS ($162,588.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 191 del 27 DE MARZO DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas VAS667, al (la) señor (a) MOSCOTE SOLANO JORGE ARTURO identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 17957170 por la suma de SEISCIENTOS SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS ($607,300.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2013-2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de TRESCIENTOS MIL PESOS ($300,000.00) y el saldo en DOS (2) cuotas mensuales por valor de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS ($153,650.00) cada una, cuyas fechas de lfmite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago N° 202 del 07 DE ABRIL DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas LDK045, al (la) señor (a) FERNANDO ORTIZ OSPINO identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 85439613 por la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS PESOS ($2,432,900.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2006, a 2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS PESOS ($364,900.00) y el saldo en DOCE (12) cuotas mensuales por valor de CIENTO SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($172,333.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 209 del 08 DE ABRIL DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas VAN521, al (la) señor (a) YIRNA RIVERA CAMACHO identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 49742957 por la suma de UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS PESOS ($1,947,600.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS PESOS ($291,200.00) y el saldo en SEIS (6) cuotas mensuales por valor de DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS PESOS ($275,900.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 213 del 09 DE ABRIL DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas VAS507, al (la) señor (a) VICTORIA OROZCO MAESTRE identificado (a) con cedula de ciudadania Nº 49775311 por la suma de CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL PESOS ($452,000.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL PESOS ($226,000.00) y el saldo en UNO (1) cuotas mensuales por valor de DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL PESOS ($226,000.00) cada una, cuyas fechas de limite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 217 del 10 DE ABRIL DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas DWS014, al (la) señor (a) SANCHEZ RAMIREZ FABRI DAVID identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 1065652605 por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS PESOS ($3,752,800.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2006, a 2010.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTE PESOS ($562,920.00) y el saldo en DOCE (12) cuotas mensuales por valor de DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTISEIS PESOS ($265,826.00) cada una, cuyas fechas de limite de pago sera a mas tardar dentro de los 10 ultimos dias de cada mes.
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago N° 250 del 27 DE ABRIL DE 2015, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas VAU052, al (la) señor (a) CABALLERO CARRASCAL WILLIAM MARCELO identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 18968388 por la suma de OCHOCIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS PESOS ($809,900.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2014.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de CIENTO VEINTIUN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS ($121,485.00) y el saldo en CUATRO (4) cuotas mensuales por valor de CIENTO SETENTA Y DOS MIL CIENTO CINCO PESOS ($172,105.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa profirió el acta de diligencia No. 1294 de fecha 13 de septiembre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar, aprehendida en el Municipio de Bosconia - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de TREINTA (30) días al establecimiento "LA CANASTA PAISA", ubicado en la Calle 18 No. 18A - 78, Barrio El Carmen, del cual es propietario la persona jurídica DEPOSITO SANTl'S S.A.S, identificada con el NIT: 901048431 - 7, representada legalmente por el señor VALENCIA HENAO WEIMAR ANTONIO.
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa profirió el acta de diligencia No. 1297 de fecha 26 de septiembre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar, aprehendida en el Municipio de Valledupar - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de TRES (03) días al establecimiento "SUPERTIENDA Y. J", ubicado en la Calle 17A No. 338 - 54, Barrio Cicerón Maestre, del cual es propietario el señor JAIDER RANGEL SARAVIA, identificado con el C.C. 15170873.
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa profirió el acta de diligencia No. 1304 de fecha 03 de octubre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar, aprehendida en el Municipio de La Paz - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de SEIS (06) días al establecimiento "SURTITIENDA EL GANGAZO PAISA", ubicado en la Calle 6 No. 6 - 23, Barrio Centro, del cual es propietario el señor PINEDA MONTES JUAN PABLO, identificado con el C.C. 70698522.
El Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales de la Oficina de Programa Gestión de Rentas del Departamento del Cesar, en virtud de las facultades que le confiere la Ley 1762 de 2015, La Ordenanza No. 0066 de 2012 y el Decreto 00164 de 2013, y;
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa en uso de sus facultades legales, en especial las otorgadas por la Ley 1762 de 2015, profirió el acta de diligencia No. 1316 de fecha 24 de octubre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar. aprehendida en el Municipio de Agustín Codazzi, corregimiento de Casacara - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de DIEZ (10) días al establecimiento "PROVISIONES EL PAISA J.G", ubicado en la Cra 2 Calle 8 - 37, Barrio El Carmen, del cual es propietario el señor GAVIRIA ROJAS NIXON JAVIER, identificado con C.C. 15537884.
Que el Subgrupo de Liquidación Oficial del Programa de Gestión de Rentas expidió la Liquidación Oficial de Aforo No. 14702 DEL 26 DE MARZO DE 2019, por concepto de impuesto de vehículo automotor identificado con la placa UWP688 por un valor total de QUINIENTOS VEINTIDOS MIL TRESCIENTOS PESOS ($522.300,oo) M/C, correspondiente a los años gravables 2016-2017.
Que dicho acto administrativo constituye TITULO EJECUTIVO conforme al artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental, en concordancia con el artículo 826 del Estatuto Tributario Nacional, por ser contentivo de una obligación clara, expresa y actualmente exigible en la cual se fijan sumas líquidas de dinero a favor del fisco. Que el crédito adeudado por el señor(a) ROSA DALGI RODRIGUEZ LARRAZABAL identificado(a) con CEDULA DE CIUDADANIA 32723824, propietario del vehículo de placa UWP688, SERVICIO PARTICULAR, VEHICULO AUTOMOVIL MARCA CHEVROLET LINEA SWIT MODELO 1998 COLOR BLANCO NUMERO DE SERIE 9GAEAB35SWB746203, NUMERO DE MOTOR G13B328189 NUMERO DE CHASIS 9GAEAB35SWB746203, NUMERO DE VIN X, CILINDRAJE 1300 CARROCERIA SEDAN. (DATOS TOMADOS DEL RUNT), asciende al siguiente monto:
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa profirió el acta de diligencia No. 1318 de fecha 24 de octubre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar, aprehendida en el Municipio de Codazzi, corregimiento Casacara - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de DIEZ (10) días al establecimiento "DEPOSITO EL AGUILA G.C", ubicado en la calle 9 era 2 - 6, corregimiento de Casacara, del cual es propietario el señor GIRALDO CASTAÑO DIEGO ARMANDO, identificado con el c.c. 1045019840.
Que el Subgrupo de Fiscalización Operativa profirió el acta de diligencia No. 1317 de fecha 24 de octubre de 2019, mediante la cual ordenó la aprehensión, avaluó, reconocimiento y decomiso directo de los bienes objeto de monopolio rentístico del Departamento del Cesar, aprehendida en el Municipio de Agustín Codazzi, corregimiento Casacara - Cesar, relacionada en la citada acta, e impuso sanción de cierre por el término de SEIS (06) días al establecimiento "DEPOSITO LA REBAJAD Y M", ubicado en la era 25 - 33, avenida principal, del cual es propietario el señor ORTIZ MONTES JOSE DIEGO, identificado con c.c. 70696095.
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 7/6/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de CLAVIJO BRON WILMER identificado con Cédula No. 91476219, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS PESOS (3764200) Documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
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