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Resolución 002076 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002076 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de DAZA ARIZA ROSARIO ELENA identificado con Cédula No. 27001073, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015 en cuantía de QUINCE MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS PESOS ($15096500. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002076 del 27 de Agosto de 2018 |
Resolución 002076 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002076 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de ZABALETA RODRIGUEZ ISABEL CRISTINA identificado con Cédula No. 45691970, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de CUATRO MILLONES SETECIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS PESOS ($4713400. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002087 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002087 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/13/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de BUENAVENTURA RODRIGUEZ NUÑEZ identificado con Cédula No. 77185263, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de CUATRO MILLONES SETENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS PESOS ($4076200. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002086 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002086 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/13/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de BARRO YACE JUAN MANUEL identificado con Cédula No. 1064106440, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de UN MILLON OCHOCIENTOS CUATRO MIL PESOS ($1804000. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002085 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002085 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 2/13/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de PINILLA RODRIGUEZ REYNEL identificado con Cédula No. 79345661, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS ($3847500. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002085 del 27 de Agosto de 2018 |
Resolución 002081 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002081 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de ACUÑA AMARIS JOSE HERNANDO identificado con Cédula No. 12723537, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de CUATRO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL PESOS ($4296000. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002081 del 27 de Agosto de 2018 |
Resolución 002080 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002080 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de CARDENAS CHINCHILLA ISMAEL identificado con Cédula No. 12502809, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS ($3133800. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002080 del 27 de Agosto de 2018 |
Resolución 002078 del 27 de Agosto de 2018
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RESOLUCIÓN 002078 DEL 27 DE AGOSTO DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de RAMOS CURE ANGEL HUMBERTO identificado con Cédula No. 77026527, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS PESOS ($17441500. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002077 del 27 de Agosto de 2018
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"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
CONSIDERANDO
Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/9/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de RENTERIA GONZALEZ JAFET ANTONIO identificado con Cédula No. 11789245, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2014-2015-2016 en cuantía de TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS PESOS ($3537800. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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Resolución 002075 del 27 de Agosto de 2018
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"POR MEDIO DE LA CUAL SE LIBRA MANDAMIENTO DE PAGO"
El funcionario competente del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales en uso de sus atribuciones Constitucionales, legales y reglamentarias, en especial las establecidas en la ordenanza No. 00066 de 2012 y Decreto No. 00164 de 2013 y;
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Que obra al Despacho para su cobro por jurisdicción coactiva la Liquidación Oficial de Aforo No. 11954 del 3/5/2018, en la cual consta una obligación clara, expresa y actualmente exigible, a favor del Departamento del Cesar y en contra de LOZANO BARBOSA BENJAMIN identificado con Cédula No. 12502992, por concepto de IMPUESTO DE VEHÍCULO, correspondiente al periodo fiscal de 2012-2013-2014-2015-2016 en cuantía de SEISCIENTOS CINCO MIL QUINIENTOS PESOS ($605500. 0) documento que presta mérito ejecutivo de conformidad con el artículo 367 del Estatuto de Rentas Departamental (ordenanza 0066 de 2012) y el artículo 828 del Estatuto Tributario, suma que no ha sido pagada por el contribuyente, por lo cual cabe iniciar el procedimiento de cobro administrativo coactivo +contenido en los artículos 363 y siguientes del Estatuto de Rentas Departamental y en los artículos 823 y siguientes del Estatuto Tributario para obtener su pago.
En mérito de lo expuesto, el funcionario responsable del Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales,
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