RESOLUCIÓN 0817 DEL 18 DE ABRIL DE 2018
"POR MEDIO DE LA CUAL SE DEJA SIN EFECTOS UNA FACILIDAD DE PAGO"
El Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental, en uso de sus atribuciones y en especial las establecidas en la ordenanza 00066 del 28 de Diciembre de 2012 y;
CONSIDERANDO
Que el Subgrupo de Recursos y Ejecuciones Fiscales del Grupo de Rentas y Finanzas Departamental concedió a petición del deudor la facilidad de pago Nº 273 del 22 DE ABRIL DE 2014, por concepto de impuesto de vehículo automotor de placas ABL068, al (la) señor (a) RAFAEL SEGUNDO ARZUAGA ROJANO identificado (a) con cedula de ciudadanía Nº 12523287 por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS PESOS ($2,367,300.00), correspondiente a la(s) vigencia(s) 2009-2013.
Que el artículo Tercero de la mencionada resolución autorizó el pago de la suma citada en una cuota inicial de UN MILLON PESOS ($1,000,000.00) y el saldo en OCHO (8) cuotas mensuales por valor de CIENTO SETENTA MIL NOVECIENTOS PESOS ($170,900.00) cada una, cuyas fechas de límite de pago será a más tardar dentro de los 10 últimos días de cada mes.
Resolución 0817 del 18 de Abril de 2018 |